Certificado accesibilidad edificios

Código de accesibilidad de la Bca 2013

El diseño universal (UD) se refiere al "diseño para todos".    Su objetivo es crear productos y entornos que respondan a las necesidades físicas, sociales y psicológicas del mayor número posible de personas, independientemente de sus capacidades y edad.

Para los edificios nuevos, el Código de Accesibilidad en el Entorno Construido se actualiza periódicamente para reflejar las necesidades de los usuarios en el entorno construido.    El Código estipula los requisitos mínimos de accesibilidad para los nuevos desarrollos, o cuando los desarrollos de los edificios sufren adiciones y alteraciones.    Se ha publicado una Guía de la UD para Lugares Públicos con el fin de concienciar sobre las necesidades de las personas con discapacidad, las personas mayores y las familias, y orienta a los diseñadores para que incorporen los principios de la UD en el diseño de instalaciones de transporte público, centros de venta ambulante, centros comerciales, etc.

Fondo de accesibilidad de Bca

La Autoridad de Control de la Construcción de la ciudad o del condado evalúa las solicitudes de certificados de acceso para discapacitados. Una vez aprobado, la Autoridad de Control de la Edificación emite el Certificado de Acceso para Discapacitados que establece que las obras o el edificio cumplirán con los requisitos de la Parte M de la Normativa de Control de la Edificación, si se construye de acuerdo con la presentación realizada y con las condiciones que puedan adjuntarse al Certificado.

  Edificios certificados

En relación con el artículo 20D (1)(b), debe tenerse en cuenta que ya no se requiere un DAC para las alteraciones materiales de un edificio que contenga un piso. Sin embargo, esto no exime a las obras de los requisitos de la Parte M (Acceso y Uso) del Segundo Anexo de la Normativa de Edificación (cuando exista un requisito de la Parte M). La Parte M sigue aplicándose en el caso de las alteraciones materiales de un piso, o de un edificio que contenga un piso en el que sea aplicable la Parte M (pero sólo a esas obras), según el artículo 11 de la Normativa de Edificación 1997 - 2017 (modificada).

En relación con el artículo 20D (2) (a) a (d), debe tenerse en cuenta que la exención para un DAC equivale a los mismos tipos de edificios que actualmente están exentos de los requisitos de un certificado de seguridad contra incendios, como se especifica en el artículo 11 (2). Sin embargo, la exención para un DAC es independiente de la altura del piso.

  Edificios certificados

Código de accesibilidad

S.I. No. 351 de 2009El artículo 8 de esta normativa establece que se exigirá un certificado de cumplimiento de los requisitos de la Parte M del Segundo Anexo de la Normativa de Edificación (denominado certificado de acceso para discapacitados) para todas las obras o edificios a los que se aplique la Parte III de la Normativa de Control de la Edificación de 1997 (todos los edificios que actualmente requieren un certificado de seguridad contra incendios).

La normativa establece que, a partir del 1 de enero de 2010, ningún edificio nuevo ni ningún edificio existente en el que se haya realizado una ampliación o una modificación importante podrá abrirse, funcionar u ocuparse a menos que la autoridad de control de la construcción haya concedido un Certificado de Acceso para Personas con Discapacidad (DAC).

Todos los arquitectos/ingenieros y constructores/ promotores que participen en obras a las que se aplique esta normativa (es decir, cualquier obra o edificio al que se aplique la Parte III de la normativa de control de la construcción de 1997, y que vaya a abrirse, funcionar u ocuparse después del 1 de enero de 2010), deben familiarizarse con los requisitos de esta normativa.

  Edificios certificados

Diseño universal

El diseño universal es el proceso de creación de productos accesibles para personas con una amplia gama de capacidades, discapacidades y otras características. Los productos de diseño universal se adaptan a las preferencias y capacidades individuales; comunican la información necesaria de forma eficaz (independientemente de las condiciones ambientales o de las capacidades sensoriales del usuario); y pueden ser abordados, alcanzados, manipulados y utilizados independientemente del tamaño del cuerpo, la postura o la movilidad de la persona. La aplicación de los principios del diseño universal minimiza la necesidad de tecnología de apoyo, da lugar a productos compatibles con la tecnología de apoyo y hace que los productos sean más utilizables por todos, no sólo por las personas con discapacidad.

Normalmente, los productos se diseñan para que sean los más adecuados para el usuario medio. En cambio, los productos que se diseñan según los principios del diseño universal están pensados para que puedan ser utilizados por todo el mundo, en la mayor medida posible, sin necesidad de adaptación o diseño especializado (Connell et al., The Principles of Universal Design).

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