Accesibilidad en edificios de viviendas

Directrices de accesibilidad a la vivienda justa

La mejora de la accesibilidad beneficiará tanto a las personas con discapacidad permanente como a las que sufren una discapacidad temporal. Además, las modificaciones propuestas responden a las necesidades del gran número, cada vez mayor, de personas mayores que se ven obligadas a abandonar viviendas que resultan inadecuadas a medida que disminuye su movilidad.

En este informe se exponen los antecedentes de las iniciativas municipales y se describen los requisitos de accesibilidad de otras jurisdicciones. Cabe destacar la reciente legislación del Reino Unido, que exige que todas las viviendas nuevas sean "visitables" por personas con discapacidad. Además, se está revisando el Código Nacional de la Edificación de Canadá, con el fin de mejorar significativamente el acceso de los discapacitados a los edificios residenciales de varias unidades, y es probable que se introduzca en 2003.

En todos los edificios residenciales plurifamiliares de nueva construcción, las modificaciones propuestas facilitarán el acceso a todas las unidades residenciales y zonas comunes, mediante puertas de anchura, herrajes y umbrales adecuados. Las enmiendas también proponen que todas las unidades de vivienda incluyan al menos un lavabo de dos piezas en el nivel de entrada principal. Aunque no se exige un radio de giro completo, las enmiendas proponen que el lavabo tenga las dimensiones adecuadas para ser utilizado por una persona en silla de ruedas, con paredes reforzadas para permitir la futura instalación de barras de sujeción. Además, cuando una zona común cuente con un aseo, éste deberá ser accesible en silla de ruedas.

¿Cómo puedo hacer que mi edificio sea más accesible?

Para mejorar la accesibilidad de los edificios suelen utilizarse elementos como rampas de poca inclinación, puertas motorizadas, ascensores y aseos accesibles. Al mismo tiempo, la iluminación, la señalización e incluso el color de las paredes pueden influir en la facilidad de uso de un espacio.

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¿Cuántas unidades ADA se necesitan en un edificio de apartamentos de California?

Normativa aplicable a los apartamentos

Los edificios con cuatro o más viviendas y al menos un ascensor deben ser accesibles.

Código de edificación de nyc de 1968 accesibilidad

Las normas de accesibilidad emitidas en virtud de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA) se aplican a lugares de alojamiento público, instalaciones comerciales e instalaciones gubernamentales estatales y locales en construcciones nuevas, reformas y ampliaciones. Las normas de la ADA se basan en directrices mínimas establecidas por el Consejo de Accesibilidad.

El Departamento de Justicia (DOJ) y el Departamento de Transporte (DOT) publican las normas de la ADA. Las normas ADA del DOJ se aplican a todas las instalaciones excepto a las de transporte público, que están sujetas a las normas ADA del DOT. Esta versión de las normas de la ADA combina ambos documentos e incluye disposiciones específicas de las normas del DOJ y del DOT. El Access Board se encarga de proporcionar asistencia técnica y formación sobre estas normas.

También existe una Guía de las normas ADA. Este recurso complementario explica e ilustra las disposiciones de las normas e incluye una serie de animaciones sobre accesibilidad. El Consejo ha elaborado esta información en colaboración con el DOJ y el DOT.

Requisitos de las unidades accesibles

La quinta revisión del Código continúa el camino iniciado por Singapur hacia la consecución de un entorno construido integrador. El código introduce más características de accesibilidad y diseño universal para mejorar el entorno construido para todos.

  Extintores en edificios de viviendas

Singapur se prepara para un rápido envejecimiento de la población y para construir una sociedad integradora. Aunque las necesidades de las personas con discapacidad siguen siendo el objetivo principal de nuestras revisiones del Código, este Código de 2013 hace mayor hincapié en conceptos y disposiciones de diseño universal que beneficiarán a un espectro más amplio de personas, incluidos los padres con bebés, los jóvenes y las personas mayores.

El "Código de Accesibilidad en el Entorno Construido 2007" inició la ampliación de los requisitos de accesibilidad de los anteriores Códigos BFA más allá de los confines del edificio para abarcar todo el entorno construido. Además, se incorporan más requisitos obligatorios sobre características adaptadas a las personas mayores.

El Código BFA se redactó originalmente pensando en las necesidades de los usuarios de sillas de ruedas. El Código de 2002 fue más allá de los meros requisitos de los usuarios de sillas de ruedas para incluir los requisitos básicos de las personas con otras formas de limitaciones físicas pero que no van en silla de ruedas. De este modo, también pueden acceder a los edificios, hacer uso de sus instalaciones y participar en actividades como parte integrante de la comunidad al igual que cualquier otra persona.

Requisitos de los ascensores en los edificios de viviendas

Este documento especifica una serie de requisitos y recomendaciones para los elementos de construcción, conjuntos de edificios, componentes, accesorios y productos relacionados con el diseño y los aspectos constructivos de la usabilidad y accesibilidad de los edificios, es decir, el acceso a los edificios, la circulación dentro de los edificios, la salida de los edificios en condiciones normales y la evacuación en caso de incendio.

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Este documento también contiene disposiciones relativas a los elementos exteriores directamente relacionados con el acceso a un edificio o a un grupo de edificios desde el límite de un terreno, o entre un grupo de edificios dentro de un terreno común. Este documento no trata los elementos del entorno exterior, como los espacios públicos abiertos, cuya función es autónoma y no está relacionada con el uso de un edificio específico.

Este documento introduce el concepto de "consideraciones excepcionales para edificios existentes" para situaciones en las que es excepcionalmente difícil cumplir los requisitos especificados y, por tanto, imposible proporcionar una accesibilidad total. Mediante las "consideraciones excepcionales para edificios existentes", se especifica un nivel de accesibilidad aceptable, aunque restringido. Una consideración excepcional para edificios existentes no debe aplicarse en otras situaciones ni invocarse de manera injustificada, o como excusa para no alcanzar un nivel de accesibilidad más elevado, cuando ello sea económica y/o técnicamente viable.

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